Generalmente luego de un accidente de tránsito creemos que para cobrar la indemnización por los daños materiales y las lesiones se debe afrontar un juicio interminable. Acá te explicamos por qué no siempre es así.

Primero repasemos que los accidentes viales (en auto, moto, bici, caminando, en transporte público) suelen generar perjuicios para los intervinientes. Estos pueden ser en las personas como en el medio en el que se transportan. Como es imposible que las cosas vuelvan al estado anterior al siniestro, la única alternativa es solicitar una reparación que generalmente suele ser traducida en un monto de dinero (indemnización).
Para alcanzar la reparación de esos daños se debe iniciar un reclamo. Ese reclamo consta de una instancia extrajudicial, una prejudicial y otra judicial. Este último, que es el menos deseado, en el peor de los casos (por el tiempo que ello conlleva) finalizará en una sentencia judicial. Pero no siempre para alcanzar la indemnización correspondiente debe iniciarse un expediente judicial.

Esto se da porque las compañías de seguros admiten procedimientos que suelen ser beneficiosos. Las partes no judicializan el caso, se arriba a un acuerdo en un plazo mucho menor con reconocimientos que conforman a las partes.

Entonces, decimos que se trata de un trámite más sencillo que un juicio, que puede resolverse en un plazo mucho menor y con un monto indemnizatorio que conforme a las partes intervinientes.

Es recomendable contar con un abogado de confianza, dado que cada compañía tiene un procedimiento distinto y no conocerlo genera pérdidas de tiempo, lo que conlleva retardo para alcanzar un acuerdo.

Recordá que para presentar tu reclamo necesitás contar con la información de rigor: datos del siniestro (lugar, fecha, hora), cédula verde, licencia de conducir, DNI, seguro de la otra parte, fotos del siniestro, estudios médicos.

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