Este es uno de los rubros más importantes en la finalización del vínculo laboral por #despido. ¡Veamos todo en este post!
La ley de contrato de trabajo establece que en caso de despido sin justa causa, el empleador deberá pagarle al trabajador/a una indemnización equivalente a un mes de sueldo por cada año de antigüedad o fracción mayor de tres meses, considerando la mejor remuneración del último año (o el tiempo de prestación del servicio si este fuera menor).
Paréntesis: En ningún caso la indemnización podrá ser inferior a un mes de sueldo.
¿Cómo se calcula esa antigüedad? La misma ley establece que se tendrá en cuenta:
Tiempo trabajado desde el comienzo de la vinculación.
El que corresponda a los sucesivos contratos a plazo.
Tiempo de servicio anterior (si el trabajador reingresa a las órdenes del mismo empleador).
Plazo de preaviso si fue concedido.
Período de prueba.
Días de licencia legal o convencional, o por estar afectado por una enfermedad inculpable o accidente de trabajo.
Período de licencia por maternidad.
La primera pregunta asociada es qué remuneración se considera para calcular la indemnización por despido. Si bien lo veremos en un post específico, acá lo más relevante/urgente: se toma como base de cálculo la mejor remuneración mensual, normal y habitual devengada (no importa si fue pagada o se adeuda por el empleador) durante el último año o durante el tiempo de prestación de servicios si fuera menor. Para realizar el cálculo se tomará el sueldo bruto.
Esto es lo más importante en este rubro.
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