Es una consulta frecuente la de la imagen. Veamos acá toda la info que necesitás para orientarte. Y como plus veremos qué pasa si concurren a solicitar herencia cónyuge, hijos y padres.

Ante el fallecimiento de una persona, sucede que se presentan a solicitar herencia su cónyuge y su padre. En este escenario, lo primero que hay que considerar es que quienes se están presentando son legítimos herederos y por ello tienen derecho a acceder, cada uno, a su porción legítima.
Esto quiere decir por ley tienen derecho a determinado porcentaje sobre el acervo hereditario (bienes y activos que la persona fallecida produjo). Ese porcentaje en este caso es un medio para ascendientes y lo mismo para el cónyuge.

Aprovechemos para ver otro caso de consulta frecuenta. Qué pasa si solicitan herencia cónyuge e hijo de la persona fallecida. En ese escenario, el dato fundamental para realizar la partición completa y correcta es conocer el origen de los bienes que componen la masa hereditaria. Esto quiere decir que es necesario conocer el régimen patrimonial del matrimonio, y desde allí estudiar si se tratan de bienes gananciales o bienes propios. Por qué? Porque sobre los bienes gananciales el cónyuge supérstite (el que continúa en vida) no tiene derecho a herencia sobre estos.

Ahora el dato plus: ante el fallecimiento de una persona, si se presentan cónyuge, hijos y padres, estos últimos no tienen derecho a herencia. Es decir, son excluidos.

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