La duda más frecuente es qué sucede con la vivienda familiar cuando se produce el divorcio. Veamos las distintas posibilidades y algunos puntos relacionados para despejar inquietudes.

Antes que todo, debés saber que si decidís divorciarte la forma de solicitarlo es ante un juez. También tené en cuenta que no es necesario dejar pasar tiempo entre el casamiento y la solicitud de divorcio. Es decir, podés casarte un día y solicitar divorcio a la semana siguiente.
Esta solicitud de divorcio traerá consigo distintos efectos jurídicos: a) La vivienda; b) La distribución de los bienes; c) posibles compensaciones económicas entre vos y tu cónyuge; d) los hijos y su cuidado, alimentos, etc.
Como dijimos, en este post nos ocuparemos del primero: la vivienda.
Quién debe quedarse habitando la vivienda? Nuestra ley establece que cualquiera de los cónyuges o convivientes pueden pedirle al juez quedarse allí. No importa si la casa no es del que lo solicita. Ej: la casa es de la madre y el padre solicita que le atribuyan la vivienda familiar. Esto es posible.
Lo importante es saber que el juez para decidir quién se quedará y por cuánto tiempo tendrá en cuenta: Quién tendrá el cuidado de los hijos y bajo qué modalidad; quién está en peor situación económica para tener una vivienda por sus propios medios; el estado de salud y edad de los cónyuges; los intereses de otras personas que forman el grupo familiar.
En algunos casos, el juez puede fijarle una renta al cónyuge que no habite la vivienda para compensarlo.
En el mismo orden: Qué pasa la casa es alquilada? Si el juez otorga el uso a un cónyuge este puede habitarla incluso si el otro cónyuge debe abonar el alquiler. El tiempo de duración de este derecho también lo fijará el juez

Por último veamos hasta cuándo regirá esta atribución de la vivienda familiar. Ello sucederá cuando: Se vence el plazo que fijó el juez; cambiaron las condiciones que hicieron que te den la casa; mientras el cónyuge al que se le atribuyó la vivienda no sea considerado indigno para heredar.

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